Tribunal negó hábeas corpus al expresidente Lenín Moreno
Un tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) negó este viernes un recurso de hábeas corpus solicitado por el expresidente Lenín Moreno, para ser exonerado de presentarse periódicamente en el juzgado que analiza la acusación en su contra por presunto cohecho en el caso Sinohydro.
El exmandatario, que reside en Paraguay, donde ejerce de comisionado de la Organización de Estados Americanos (OEA) para Asuntos de Discapacidad, había esgrimido que la obligación de viajar para presentarse cada dos semanas implica riesgos para su salud.
Sin embargo, el tribunal de la Sala Especializada de lo Laboral negó la garantía solicitada tanto por el exmandatario como por su esposa, Rocío González, al señalar que argumentaron elementos de orden procesal penal y no de carácter constitucional, según detalló la CNJ en un comunicado.
Asimismo, los magistrados consideraron que el régimen de comparecencias periódicas dictado a Moreno y su esposa no constituye un trato atentatorio a su integridad personal, pues les eximió de ingresar en prisión provisional al tener en cuenta que son mayores de 65 años y que presentan una condición vulnerable.
Tanto Moreno como González están acusados por la Fiscalía General del Estado de presuntamente haber recibido sobornos en el caso Sinohydro y pendientes de que el juez Adrián Rojas, de la CNJ, decida si abre juicio contra ellos.
Al término de la formulación de cargos, el magistrado dictó que tanto el exmandatario como su esposa debían seguir el proceso en régimen de comparecencia periódica.
En total son 37 los acusados en este caso donde la Fiscalía estima que la empresa estatal china Sinohydro pagó 76 millones de dólares en supuestos sobornos.
El exmandatario, que reside en Paraguay, donde ejerce de comisionado de la Organización de Estados Americanos (OEA) para Asuntos de Discapacidad, había esgrimido que la obligación de viajar para presentarse cada dos semanas implica riesgos para su salud.
Sin embargo, el tribunal de la Sala Especializada de lo Laboral negó la garantía solicitada tanto por el exmandatario como por su esposa, Rocío González, al señalar que argumentaron elementos de orden procesal penal y no de carácter constitucional, según detalló la CNJ en un comunicado.
Asimismo, los magistrados consideraron que el régimen de comparecencias periódicas dictado a Moreno y su esposa no constituye un trato atentatorio a su integridad personal, pues les eximió de ingresar en prisión provisional al tener en cuenta que son mayores de 65 años y que presentan una condición vulnerable.
Tanto Moreno como González están acusados por la Fiscalía General del Estado de presuntamente haber recibido sobornos en el caso Sinohydro y pendientes de que el juez Adrián Rojas, de la CNJ, decida si abre juicio contra ellos.
Al término de la formulación de cargos, el magistrado dictó que tanto el exmandatario como su esposa debían seguir el proceso en régimen de comparecencia periódica.
En total son 37 los acusados en este caso donde la Fiscalía estima que la empresa estatal china Sinohydro pagó 76 millones de dólares en supuestos sobornos.

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