34 años y 8 meses de prisión para Germán Cáceres, autor del femicidio de María Belén Bernal
La noche de este jueves 25 de mayo del 2023, un tribunal de Pichincha sentenció al expolicía Germán Cáceres a 34 años y 8 meses de cárcel, por el delito de femicidio cometido en contra de su esposa, María Belén Bernal.
El dictamen se dio al cuarto día de la audiencia de juzgamiento, cuyo proceso inició el pasado lunes 15 de mayo y que tenía previsto culmine el miércoles 17, sin embargo ese día los abogados de Cáceres no asistieron, haciendo que el veredicto se dilate.
En los exteriores del Complejo Judicial Norte de Quito, se concentraron manifestantes de colectivos feministas que exigieron justicia con carteles y fotografías de Bernal y de otras víctimas.
El Tribunal dispuso que se cree una medalla que se llame María Belén Bernal y que sea entregada a la mejor cadete que obtenga la primera antigüedad en la Escuela Superior de la Policía.
Desde el primer año los cadetes se formarán en derechos humanos con perspectiva de género, además como reparación económica, el Tribunal decidió un monto de $260 mil.
La defensa de la familia de Bernal pidió la colocación de un busto en el lugar donde fue asesinada.
Cáceres, en su testimonio, pidió perdón a la familia de Bernal e indicó que aceptará la sentencia, pero solicitó que se lo mantenga en la Cárcel 4, pues en otra podrían matarlo, la decisión dependerá del Servicio a Personas Privadas de la Libertad (SNAI)
Mientras tanto para el teniente, Alfonso Camacho, los jueces ratificaron su estado de inocencia al haber encontrado duda razonable sobre si escuchó los gritos y pedidos de auxilio de la víctima, estando de servicio, a pocos metros de distancia de la habitación dónde se cometió el delito.
"La paz de la justicia, la paz de la verdad, saber que se hizo justicia con un inocente", sostuvo la abogada Gladys Terán, quien defendió a Camacho.
Germán Cáceres fue sentenciado sobre la base del artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona el delito de femicidio con una pena privativa de la libertad de veintidós a veintiséis años.
Los jueces consideraron la circunstancia agravante propia del delito, establecida en el artículo 142 del mismo cuerpo legal y, además, por las impuestas en el artículo 47, numerales 8 y 19 de dicha normativa.
El dictamen se dio al cuarto día de la audiencia de juzgamiento, cuyo proceso inició el pasado lunes 15 de mayo y que tenía previsto culmine el miércoles 17, sin embargo ese día los abogados de Cáceres no asistieron, haciendo que el veredicto se dilate.
En los exteriores del Complejo Judicial Norte de Quito, se concentraron manifestantes de colectivos feministas que exigieron justicia con carteles y fotografías de Bernal y de otras víctimas.
El Tribunal dispuso que se cree una medalla que se llame María Belén Bernal y que sea entregada a la mejor cadete que obtenga la primera antigüedad en la Escuela Superior de la Policía.
Desde el primer año los cadetes se formarán en derechos humanos con perspectiva de género, además como reparación económica, el Tribunal decidió un monto de $260 mil.
La defensa de la familia de Bernal pidió la colocación de un busto en el lugar donde fue asesinada.
Cáceres, en su testimonio, pidió perdón a la familia de Bernal e indicó que aceptará la sentencia, pero solicitó que se lo mantenga en la Cárcel 4, pues en otra podrían matarlo, la decisión dependerá del Servicio a Personas Privadas de la Libertad (SNAI)
Mientras tanto para el teniente, Alfonso Camacho, los jueces ratificaron su estado de inocencia al haber encontrado duda razonable sobre si escuchó los gritos y pedidos de auxilio de la víctima, estando de servicio, a pocos metros de distancia de la habitación dónde se cometió el delito.
"La paz de la justicia, la paz de la verdad, saber que se hizo justicia con un inocente", sostuvo la abogada Gladys Terán, quien defendió a Camacho.
Germán Cáceres fue sentenciado sobre la base del artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona el delito de femicidio con una pena privativa de la libertad de veintidós a veintiséis años.
Los jueces consideraron la circunstancia agravante propia del delito, establecida en el artículo 142 del mismo cuerpo legal y, además, por las impuestas en el artículo 47, numerales 8 y 19 de dicha normativa.

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